Registro Retributivo: Tu empresa puede estar en riesgo
El RD 902/2020 de igualdad retributiva obliga a todas las empresas a calcular y documentar la brecha salarial entre hombres y mujeres. Si superas el 25% sin justificación, la Inspección de Trabajo puede actuar. ¿Sabes cuál es tu brecha?
Brecha salarial visible por grupos y categorías
Consulta medias, medianas y desviaciones por sexo en una vista operativa preparada para auditorías de igualdad y requerimientos de Inspección.

¿Qué obliga el RD 902/2020?
Registro por categoría profesional y sexo
El registro debe desagregar la retribución por cada grupo profesional, categoría, nivel o puesto de igual valor, separando los datos por sexo. No es suficiente calcular la brecha global de la empresa.
Medias y medianas, no solo promedios
La norma exige calcular tanto la media aritmética como la mediana de la retribución total para cada grupo. La mediana es especialmente relevante porque no distorsiona la brecha cuando existen salarios extremos.
Valoración de puestos de trabajo
El RD 902/2020 exige que el sistema de clasificación profesional garantice la ausencia de discriminación directa o indirecta. Si trabajos de igual valor tienen retribuciones distintas por razón de sexo, la empresa debe justificar objetivamente la diferencia.
El umbral del 25% y sus consecuencias
La brecha existe pero no activa la presunción automática de discriminación.
Obligación de justificar documentalmente la diferencia ante la Inspección.
Sin justificación objetiva: posible sanción por discriminación retributiva.
Consecuencias de superar el 25% sin justificación
- La discriminación retributiva por razón de sexo es infracción muy grave (art. 8.12 LISOS).
- Multa de 7.501 € – 225.018 € por infracción (cuantías de la Ley 10/2021).
- Sanciones accesorias (art. 46 bis LISOS): pérdida de ayudas y bonificaciones y exclusión de su acceso entre 6 meses y 2 años.
Cómo Veri Labo lo automatiza
Da de alta tu plantilla
Registra a cada empleado con su categoría profesional, grupo y retribución (salario base y complementos). Los datos salariales se guardan cifrados (AES-256) y Veri Labo los agrupa por categoría y sexo.
Cálculo automático
El sistema calcula medias y medianas de retribución total (salario base + complementos + percepciones extrasalariales) separadas por sexo para cada categoría y función.
Detección de brecha
Veri Labo identifica el porcentaje de brecha en cada grupo. Si algún grupo supera el 25%, se activa una alerta inmediata con la justificación que exige el RD 902/2020.
Generación del informe
Descarga el Registro Retributivo en PDF fechado, con medias y medianas por sexo y grupo, listo para entregar a la representación de los trabajadores o a la Inspección. Cada registro generado se conserva para poder acreditar su fecha.
Plan de Igualdad: ¿cuándo es obligatorio?
Obligatorio negociar y registrar un Plan de Igualdad con auditoría retributiva. El Registro Retributivo forma parte del diagnóstico y, si la brecha alcanza el 25 %, hay que justificarla documentalmente.
El Registro Retributivo es obligatorio igualmente (RD 902/2020, art. 5) aunque no lo sea el Plan de Igualdad. La igualdad retributiva por trabajos de igual valor (art. 28 ET) es exigible en todas las empresas desde el primer empleado.
Preguntas frecuentes
¿Con qué frecuencia hay que actualizar el Registro Retributivo?
El RD 902/2020 exige que el Registro Retributivo se actualice siempre que se produzca una modificación salarial que afecte al conjunto de la plantilla, y como mínimo una vez al año. Veri Labo conserva cada registro generado con su fecha y te permite regenerarlo cuando cambie la plantilla o las retribuciones.
¿Qué ocurre si se supera el umbral del 25% de brecha salarial?
Superar el 25% de diferencia de retribución media entre hombres y mujeres obliga a la empresa a justificar documentalmente que esa diferencia responde a causas objetivas. Si no se puede justificar, la Inspección de Trabajo puede iniciar un procedimiento sancionador por discriminación retributiva.
¿Los representantes de los trabajadores pueden pedir el Registro Retributivo?
Sí. Los representantes de los trabajadores tienen derecho legal de acceso al Registro Retributivo. El acceso es a los datos agregados (medias y medianas) por grupos, no a los salarios individuales. El registro de Veri Labo trabaja precisamente con esos datos agregados por grupo y sexo.
Información normativa verificada el 13 de septiembre de 2026. No constituye asesoramiento jurídico.